La Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Cites) emitió una notificación en la que solicita a los países signatarios suspender el comercio de tiburones y rayas provenientes de Ecuador.


La notificación no es una sorpresa. Ecuador fue advertido en noviembre de 2023 y tenía un plazo de 120 días para responder satisfactoriamente a los requerimientos exigidos por la Cites. A pesar de que el país presentó documentación, esta no fue aprobada. 

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca confirmó que el viceministro de Acuacultura y Pesca de Ecuador, Andrés Arens, dejó el cargo. Aún no existen detalles de los motivos de su salida.


Por Paola Carrillo / @Pao_cvi

Desde este 11 de marzo, Ecuador está en la lista de países a los que no se les puede comprar ninguna de las 12 especies de tiburones y rayas que se encuentran protegidas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Cites). 

Esto ocurrió después de que el Comité Permanente de Cites descartó la documentación presentada por las autoridades ecuatorianas, en respuesta a las recomendaciones de correctivos que se les había solicitado desde noviembre del 2023. 

A través de una notificación, la Secretaría de la Convención solicitó a los países signatarios que informen a todas sus autoridades de aplicación de la ley y aduaneras, sobre la recomendación de suspender las transacciones con fines comerciales de tiburones  “que provengan del Ecuador o cuyo país de origen sea el Ecuador, y que ejerzan la diligencia debida para evitar la aceptación de estos animales por inadvertencia”. 


Previamente, en su reunión número 77, en  Ginebra, el Comité de Cites ya había hecho una primera recomendación para que las Partes suspendieran este comercio, sin embargo, se otorgó un plazo de 120 días para que Ecuador estableciera requisitos para alcanzar niveles sostenibles de comercio de tiburones. 

En concreto, la Cites le pidió a Ecuador que determinara la capacidad de pesca de tiburones, es decir, el nivel de presión que pueden resistir las especies sin ver perjudicadas sus poblaciones. También pidió que se estableciera, en base a datos científicos disponibles, “cupos sobre el comercio de tiburones y rayas”, es decir, cantidades máximas de tiburones que pueden ser comercializados sin ponerlos en riesgo. Además, solicitó que se establecieran límites de capturas incidentales. Estas son aquellas que ocurren de manera accidental cuando los tiburones caen en las redes y anzuelos que los pescadores arrojan al mar para pescar otras especies. 

La razón de esta última petición es que, según la norma ecuatoriana, solo se pueden comercializar tiburones que hayan sido pescados incidentalmente. Por ahora no existe un límite o porcentaje máximo que pueda ser considerado pesca incidental. Así, debido a ese vacío, miles de tiburones continúan siendo capturados y comercializados bajo la excusa de la incidentalidad, aseguran los expertos consultados.

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En abril de 2020, en Hong Kong se decomisaron 26 toneladas de aletas de tiburón provenientes de Ecuador. Foto: www.scmp.com

Una suspensión esperada

Para dar respuesta a los requisitos establecidos por la Cites, el Instituto Público de Investigación de Acuacultura y Pesca (IPIAP) presentó a la Cites un informe sobre los ‘Porcentajes máximos de permisibilidad de incidencia de tiburones en los desembarques pesqueros de Ecuador’. Dicho informe, al que La Barra Espaciadora y Mongabay Latam tuvieron acceso, consta de 17 páginas en las que se presentan datos generales de 2012 a 2022. Sin embargo, la Cites consideró insuficiente la información proporcionada por el IPIAP. 

Para Cristina Cely, directora de la organización ambiental One Health Ecuador, el documento debía ser más específico e incluir datos como, por ejemplo, el estado de salud de cada especie de tiburón y raya, la ubicación espacial y otros detalles que son necesarios para entender el impacto que tiene la pesca incidental de estas especies. 

“Entendemos por qué Cites no retiró la recomendación de suspensión de comercio de tiburones”, dice Cely.  En su opinión, el documento es deficiente y ratifica lo que ya aseguraba Cites en su primer informe: IPIAP “no tiene los recursos ni económicos ni técnicos, ni las facilidades para realizar su trabajo de manera específica y tecnificada”.

Además del informe de porcentajes máximos de permisibilidad de incidencia de tiburones, Ecuador también entregó tres Dictámenes de Extracción no Perjudicial (DENP). Estos son estudios científicos sobre las poblaciones de animales y plantas que los países deben realizar si es que desean exportar especies que están protegidas por la Cites. Si tienen resultado positivo, la especie podrá ser exportada; si no, su comercialización estará prohibida. Pero además, para conservar efectivamente las especies, no basta que los DENP sean positivos, sino que deberían determinar un límite de cuántos animales pueden exportarse. Contar con un DENP positivo es obligatorio e indispensable para comercializar especies enlistadas en Cites, sin embargo, en este caso, durante los últimos años “el país ha incumplido en varias ocasiones el Artículo IV de Cites”, que exige permisos de exportación para las especies que se encuentran protegidas por este Convenio, asegura Hugo Echeverría, abogado especializado en temas ambientales.

Según se lee en la notificación de Cites, además del informe de porcentajes y los DENP, Ecuador también envió información sobre la legislación y reglamentación nacional aplicable que constituyen la base para la formulación de los dictámenes de adquisición legal (DAL). Estos últimos corresponden a documentos que aseguran que la Autoridad Administrativa del Estado que exporta, en este caso Ecuador, haya verificado que el espécimen no fue obtenido de manera ilegal. 

Respecto de estos documentos e información, Cites respondió en su notificación que los analizó detalladamente y concluyó que: “algunas medidas, en particular con respecto a los DENP, deberían desarrollarse más”. 

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Incautaciones de aletas de tiburón. Foto: Oceana.
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Incautaciones de aletas de tiburón. Foto: Oceana

Esto último tampoco sorprendió a los científicos y conservacionistas en Ecuador que ya habían advertido, cuando el IPIAP dio a conocer en febrero la elaboración de nuevos DENP,  que dichos estudios no fueron puestos a disposición de la ciudadanía. “Se sabe que hay DENP, pero no se sabe en qué consisten, no se sabe el contenido”, dijo Echeverría en ese momento.

Esta alianza periodística solicitó a IPIAP un pronunciamiento oficial sobre esta notificación y más detalles sobre la documentación entregada a Cites, sin embargo, hasta la publicación de este reportaje no recibimos respuesta. De la misma manera, contactamos a la Dirección de Comunicación del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (Maate) y una de sus funcionarias explicó que se está preparando un pronunciamiento oficial, pero que “tomará tiempo”, pues “el tema incluye a varias instituciones del Gobierno”. 

Desde el punto de vista del abogado especializado en materia ambiental César Ipenza, estas medidas de suspensión “no son fáciles de manejar para ningún país, pero lo principal que deben hacer las autoridades y los gremios empresariales es reconocer que las cosas no están bien”. Para Ipenza, el marco jurídico que tiene Ecuador no es suficiente, razón por la cual la exportación de tiburones supera largamente lo que podría considerarse incidental.

“No es posible que tengamos 300 toneladas anuales de exportación de aletas y que estas resulten ser incidentales, es irreal”, añade el especialista. 

A pesar de que el plazo de 120 días se vencía a finales de marzo, la notificación definitiva llegó antes. Según Cristina Cely, eso solamente ratifica lo que las organizaciones civiles advirtieron desde mayo de 2020, cuando se decomisaron en Hong Kong dos contenedores llenos de aletas de tiburones de Ecuador: “Es necesario que el Estado ecuatoriano genere nuevos procesos, haga un autoanálisis, invierta fondos para mejorar los procesos técnicos, la investigación científica”.  

Después de la advertencia continuó el tráfico

Para Echeverría, esta notificación “es una noticia desafortunada, sin precedentes”. Desde un punto de vista jurídico, explica, evidencia que Ecuador no está respetando sus compromisos internacionales y esto no solo le afecta en temas ambientales sino también en temas diplomáticos y comerciales.  

Para entender el contexto, Echeverría menciona que históricamente Ecuador fue uno de los primeros países en suscribir la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Cites), en 1973. Al ser un actor importante, dice, es muy grave que incumpla los compromisos. 

Desde noviembre de 2023, cuando Cites recomendó la suspensión del comercio de 12 especies de tiburones y rayas de Ecuador, se decomisó casi una tonelada de troncos de tiburones ecuatorianos en Chiclayo, Perú, mientras se estimaba que hasta 50 toneladas de troncos de tiburones entraban ilegalmente a ese país cada mes. 

El abogado César Ipenza asegura que no ha habido ningún esfuerzo de trabajo coordinado entre las dos naciones, lo cual dificulta el panorama y, de seguir así, “podría presentar problemas también para Perú, en algún punto”.

Una de las situaciones que advirtió el informe elaborado por la Secretaría de Cites fue la discrepancia entre las cifras de exportación e importación de aletas de tiburón de Ecuador y Perú, respectivamente. Durante el 2021, Ecuador reportó exportaciones por un volumen de 210 558 kilos, mientras que Perú registró importaciones por 243 777 kilos. Es decir que “los datos muestran una discrepancia en las cifras reportadas por los dos países de 33 219 kilos”, dice el documento.

Así, en términos de volumen de pesca, Cristina Cely recalca que desde hace mucho tiempo la captura de tiburones en Ecuador no puede considerarse incidental, puesto que eso no justificaría que entre 2012 y 2022 haya habido un incremento de 635% de exportaciones de aletas, solo de acuerdo con las cifras oficiales, que no incluyen las ventas por fuera de la ley. Por esto, Cely dice que este tema requiere un análisis más profundo que, más allá de lo comercial, tenga en cuenta el valor de los ecosistemas y que no permita el tráfico de especies.

En la misma línea, César Ipenza dice que a Cites lo que verdaderamente le interesa es que Ecuador y los países firmantes gestionen bien el cuidado de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres y que sean transparentes en determinar si se pueden comercializar o no ciertas especies, con los debidos permisos.

Por ahora, la notificación de Cites señala que la suspensión es “hasta nuevo aviso”. El levantamiento de la sanción dependerá de si Ecuador logra cumplir con las exigencias. Para lograrlo, la Secretaría sostuvo que continuará a disposición para trabajar con Ecuador en la revisión y el perfeccionamiento de los DENP a fin de garantizar que los dictámenes de extracción no perjudicial y los dictámenes de adquisición legal puedan finalizarse lo antes posible.

La Barra Espaciadora y Mongabay Latam confirmaron telefónicamente con el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca que el viceministro de Acuacultura y Pesca de Ecuador, Andrés Arens, dejó el cargo. Por el momento no existe un comunicado oficial y no se han entregado detalles de los motivos de su salida, ni tampoco el nombre de la persona que lo reemplazará. 

Este artículo es parte de una alianza periodística entre Mongabay Latam y La Barra Espaciadora.

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