Demandas de grandes empresas y repetidas negligencias de funcionarios públicos le cuestan millones de dólares a las y los ecuatorianos. Según la Procuraduría General del Estado, Ecuador enfrenta 34 procesos activos de arbitraje internacional.

Entre el 2006 y el 2021, el Estado ecuatoriano se ha visto obligado a pagar 1 875 millones de dólares a compañías internacionales solo por demandas de inversión y comercio.

Añadiendo los 102 450 procesos nacionales que registra Procuraduría, Ecuador suma 57 mil millones de dólares en su contra por demandas perdidas en procesos activos. No se toman en cuenta los que se libran en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


Por Ángela Lascano D. / @AngelaILD

Cuando en la práctica comercial internacional surgen controversias, las partes involucradas acuden, usualmente, a procesos de arbitraje, un canal privado de solución de conflictos que nace de las relaciones internacionales contractuales y comerciales entre empresas y Estados. Las partes, que quieren evitar un proceso judicial, acuerdan en sus contratos comerciales que las futuras disputas se someterán a un tribunal arbitral privado.  De esta manera, este proceso está regulado por los contratos previos suscritos entre las partes, sean estos bilaterales o multilaterales.

Las cláusulas del arbitraje internacional permiten que este pueda llevarse en confidencialidad. Además, posibilitan que las partes elijan árbitros especializados en la materia de las controversias. Según un artículo de Magdalena Bas Vilizzio, investigadora especializada en las Relaciones Internacionales y el Derecho Internacional Público, el arbitraje internacional presenta un desbalance de poder entre Estados y mercados.

En las disputas por inversión, por ejemplo, la actividad o inactividad de la administración del Estado huésped de la inversión termina siendo sometida a los estándares de protección del inversor.

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial, la Cámara de Comercio Internacional (CCI), el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) y la Corte Permanente de Arbitraje (CPA), entre otras, son algunas de las instituciones privadas que llevan a cabo procesos arbitrales. 

Un historial de fallas y pérdidas

Ecuador gasta millones de dólares en demandas

Los arbitrajes internacionales iniciados en contra del Estado ecuatoriano no son esporádicos o inusuales. Las continuas demandas recibidas provocaron que, en 2021, el país reservara un fondo de 490 000 dólares del Presupuesto General del Estado en caso de que los procesos fallaran a favor de los demandantes y en contra de Ecuador. Pero ese monto resulta irrisorio frente a los números reales.

En octubre del 2021, la Procuraduría General del Estado de Ecuador informó que Ecuador enfrenta 34 procesos activos de arbitraje internacional, que juntos representan más de 57 000 millones de dólares. De ellos, 15 son arbitrajes comerciales, 10 son de inversión y 6 son juicios en sedes extranjeras.

Desde el 2006, existen varios procesos en los que Ecuador ha perdido. Como consecuencia, se ha visto obligado a pagar desde cuantías inferiores a 100 millones de dólares hasta montos que ascienden a los 1 000 millones de dólares. En algunos de los casos, después de que los tribunales fallaran en contra del Estado, la Procuraduría ha optado por ejercer el derecho de repetición, acción legal a través de la cual se pueden recuperar los recursos económicos que fueron empleados para indemnizar a las personas naturales o jurídicas perjudicadas por la falta o deficiencia de funcionarios o instituciones de carácter público. En otras palabras, el derecho de repetición le permite al Estado recuperar lo que le costó un laudo arbitral en su contra cobrándoselo a los funcionarios que hayan sido responsables.

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2006

Chevron II

Las empresas petroleras estadounidenses Chevron Corporation y Texaco Petroleum Company presentaron en diciembre del 2006 un arbitraje en contra de la República el Ecuador, alegando un caso de “denegación de la justicia”, hecho que violaba el Tratado entre  el país y Estados Unidos sobre la Promoción y Protección de Inversiones. El proceso señalaba que las siete demandas por incumplimientos del contrato, relacionadas con la repartición de crudo, habían presentado retrasos injustificados y tratamientos injustos. El Estado, en su defensa, señaló que aún no se agotaban todos los remedios procesales existentes, por lo que no se podía hablar de una situación de denegación de la justicia. 

Sin embargo, en 2011, la Corte de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia dictó un laudo final a favor de Chevron. En el 2016, la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de América rechazó la petición de Ecuador de revisión de la sentencia

De esta manera y como resultado del arbitraje, Ecuador pagó 96 millones de dólares de indemnización a la petrolera.

USD 96 millones


OXY 

Ecuador gasta millones de dólares en demandas

La empresa multinacional Occidental Petroleum Corporation and Occidental Exploration and Production Company (OXY) inició un arbitraje de inversiones en contra del Ecuador, alegando que se había violado el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) suscrito entre Ecuador y Estados Unidos. Señalaba que la terminación del Contrato de Participación para la exploración y explotación de hidrocarburos en el Bloque 15, de la región amazónica, infringía la legislación interna y el derecho internacional. El contrato, que  se había realizado entre Occidental-Oxy (OEPC), Ecuador y Petroecuador, había sido firmado en 1999. 

Como resultado del laudo emitido por el CIADI, sede del arbitraje, el país pagó 1 061 millones de dólares a la petrolera en el 2016.  

La terminación del contrato, origen de la controversia, fue dictada por el entonces ministro de Energía y Minas Iván Rodríguez, el 15 de mayo del 2016, luego de haber recibido un pedido por parte del entonces presidente de Petroecuador, Carlos Pareja Yannuzzelli. El 28 de enero del 2022, la Procuraduría General del Estado instó a ejercer la acción de repetición respecto del pago que realizó el Estado ecuatoriano a favor de la empresa petrolera.

USD 1 061 millones


2008

Burlington Resources Inc.

Con el fin de generar una repartición del valor excedente en el precio del petróleo, el gobierno de Alfredo Palacio, en 2006, promulgó la Ley 42, que establecía un impuesto del 50% a favor del Estado sobre las ganancias derivadas de la venta de petróleo cuando superaban un determinado precio de referencia. Mediante el Decreto Ejecutivo 662, el gobierno de Rafael Correa determinó más adelante que el porcentaje sería del 99% en beneficio del Estado. 

El 21 de abril, la compañía petrolera Burlington Resources Inc. inició un proceso de arbitraje en contra de Ecuador, debido a la aplicación de la Ley 42-2006.  La compañía aseguraba que, a través de la aplicación de la ley, se había modificado la participación del contratista, violando el TBI. Además, añadía, se habían expropiado los bloques petroleros que operaban en Ecuador. La compañía demandaba 1 515 millones de indemnización. 

El Estado ecuatoriano afirmó que no había existido ninguna expropiación, puesto que la compañía Burlington (y Perenco) habían abandonado, voluntariamente,  los bloques 7 y 21, provocando la terminación de los contratos de participación y obligando al Estado a intervenir en los bloques para evitar daños en los pozos de producción. Ecuador aseguró, por otra parte, que la empresa no había pagado los impuestos a los que estaba obligada por la Ley 42. 

El 14 de diciembre del 2021, el Tribunal Arbitral concluyó que la Ley 42 no tuvo efectos expropiatorios para la compañía, puesto que no la privó de su inversión en el país. Señaló además que “la imposición de impuestos es el resultado del ejercicio del poder regulatorio de un Estado”. No obstante, a su vez, dictaminó que el  Estado ecuatoriano sí había violado el TBI al asumir la operación de los Bloques 7 y 21 antes del plazo establecido por la Ley de Hidrocarburos para considerar la existencia de un “abandono” de operaciones.

En el 2017, el laudo final del CIADI condenó al Ecuador al pago de 379 millones a la compañía Burlington. Sin embargo, también declaró a Burlington responsable de los costos relativos a la restauración ambiental y a la remediación de la  infraestructura de los bloques abandonados, razón por la cual estableció un monto de indemnización de 41 millones de dólares a favor del Ecuador. 

La Procuraduría del Estado señaló en diciembre del 2017 que las partes habían alcanzado un acuerdo transaccional, lo cual permitía que el monto a pagar se volviera ejecutable. Así, el tribunal ordenó a Ecuador el pago de 379’802 267 dólares en compensación por la expropiación de la inversión de Burlington. Además, el tribunal concluyó que era apropiado que Ecuador asumiera el 65 por ciento de los costos del arbitraje, y que Burlington pagara el 35 por ciento.

USD 379’802 267


Perenco

Ecuador gasta millones de dólares en demandas
Foto: Imagen referencial tomada del portal World Energy Trade.

La empresa petrolera Perenco Ecuador Limited demandó al Estado ecuatoriano debido a la aplicación de la ley 42. Al igual que en el caso Burlington, Perenco aseguraba que la aplicación de la ley había modificado la participación del contratista, violando el TBI suscrito entre las partes. Argumentaba también una supuesta expropiación. Como monto de indemnización, la compañía demandaba, aproximadamente, 1 571 millones de dólares.

El laudo emitido por el CIADI dictaminó que el Ecuador debía pagar 412’182 000 dólares a la empresa. A su vez, y considerando los daños ambientales que la compañía petrolera había causado en la amazonía, el Tribunal dictaminó que Perenco debía pagar 54,4 millones de dólares al Estado ecuatoriano, además de 6,3 millones de dólares por costos y gastos arbitrales. 

El 18 de octubre del 2021, el Ecuador presentó ante la Corte de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia un pedido para que las deudas fiscales que se mantienen con Perenco compensen parte del monto señalado por el laudo. El 27 de enero del 2022, Perenco solicitó que se ejecute el laudo arbitral y que no se utilicen reclamaciones fiscales para reducir la indemnización.

Pendiente de pago: USD 412’182 000


2009

Chevron III

En 1993, 76 demandantes ecuatorianos acusaron a Chevron-Texaco Petroleum Company de provocar daños ambientales y sociales en la región amazónica. Según el informe presentado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, la compañía había provocado un derrame de desechos tóxicos de 68 ‘140,000 m3. La entidad además señala que la empresa petrolera abrió al menos 1.000 piscinas en la selva amazónica, lugares donde se arrojó crudo, aguas y lodos tóxicos.

Ecuador gasta millones de dólares en demandas
Imagen referencial: captura del video documental que recoge los momentos en los que los demandantes protestaron en octubre 2018 frente a las instalaciones del Banco de Inversiones de Suiza, financista de Chevron-Texaco.

Ante la denuncia emitida por los ciudadanos afectados, la compañía petrolera Chevron Corporation y Texaco Petroleum Company inició un proceso de arbitraje internacional ante la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) alegando que el Estado ecuatoriano había violado el TBI al no intervenir en el litigio propuesto por los afectados por el daño ambiental. Ante la demanda, el Estado señaló que, según lo dispuesto por legislación nacional, internacional e instrumentos aplicables a los derechos humanos, se encuentra impedido de ejercer acciones en un litigio entre privados. Señaló, además, que en el TBI no existe ninguna cláusula que prevea la obligación del Estado de intervenir frente a reclamos de terceros. 

En febrero del 2011, aproximadamente 20 años después de que se iniciaron los litigios, el presidente de la Corte Provincial de Sucumbíos emitió la primera sentencia en contra de Chevron Texaco. En 2012, la Corte de Sucumbíos ratificó el fallo contra Chevron y determinó que la petrolera debía pagar 19 000 millones de dólares por los daños ocasionados.

Sin embargo, el proceso de arbitraje internacional continúa al día de hoy activo. La cuantía reclamada está suscrita al acuerdo de confidencialidad entre las partes.

Confidencial


2010

RSM

El 13 de mayo, la empresa minera RSM Production Corporation inició un arbitraje internacional en contra el Estado ecuatoriano, pidiendo una indeminización por la cancelación de la licencia minera y por una supuesta violación al TBI.  Hasta el momento, la sede del arbitraje y la cuantía reclamada no están determinadas.

Indeterminado


2011

Zamora Gold

El 7 de julio, la empresa minera Zamora Gold Corporation presentó un arbitraje en contra del Ecuador, argumentando que el país violó el TIB suscrito entre Canadá y Ecuador al adoptar una serie de medidas para privar a la compañía de sus inversiones. El caso quedó pendiente, puesto que la demanda llegó solo hasta la etapa de notificación del arbitraje. 

Pendiente


Merck Sharp &  Dohme

En el 2003, la farmacéutica ecuatoriana Prophar S.A, demandó a Merck Sharp & Dohme, empresa farmacéutica estadounidense, pidiendo una indemnización de 200 millones de dólares tras la venta de una planta de medicamentos.

Ante los fallos de las cortes locales a favor de Prophar, la farmacéutica Merck Sharp & Dohme inició un arbitraje en contra de la República del Ecuador, señalando que el Estado había violado el TBI al no haberle brindado garantías judiciales. La empresa solicitaba 42 millones de dólares como indemnización.

En marzo del 2020, la Corte Distrital de La Haya confirmó un laudo final de 44 millones de dólares a favor de la farmacéutica. El 17 de junio del 2021, la Corte Distrital de La Haya rechazó la acción de anulación presentada por la República del Ecuador contra los laudos.  

Pendiente en apelación


Caso Murphy

La compañía Murphy Exploration & Production Company inició un arbitraje en contra del Ecuador, acción en la que argumentó haber sufrido perjuicios por la aplicación de la Ley 42. Reclamaba, ante la CPA, el monto de 636 millones de dólares a su favor.

El Tribunal calificó como ilícita la ley interna 42, a pesar de que tribunales anteriores habían acordado que la misma es legítima y que es parte del poder regulatorio del Estado. Como resultado del laudo final, el Estado ecuatoriano pagó 19’971 309 millones de dólares a la petrolera en el 2018.

El 28 de enero del 2022, la Procuraduría General del Estado instó a ejercer la acción de repetición al ingeniero Juan Carlos Bermeo, ministro de Energía y Recursos Naturales, respecto del pago que realizó el Estado ecuatoriano a favor de la empresa.

USD 19’971 309


2015

Ecuador TLC y otros

El 26 de febrero, la empresas Ecuador TLC; Cayman Internacional Exploration Company y Teikoku Oil Ecuador iniciaron un arbitraje en contra de la República del Ecuador y EP Petroecuador, argumentando que habían existido modificaciones en la modalidad del contrato. Inicialmente, reclamaban ante la CPA un monto de 826,4  millones más intereses.

En el 2018, Ecuador se comprometió a pagar 318’700 000 dólares en tres cuotas. 

USD 318’700 000


Consorcio GLP

El consorcio integrado por las empresas Tesca y Maessa presentó una demanda en el Tribunal internacional CCI, argumentando que el Estado ecuatoriano había violado el TBI al declararlo como contratista incumplido. Como monto de indemnización, pedía inicialmente 50 millones de dólares. 

De este caso no hay más datos disponibles.

Sin información actualizada


2016

Consorcio Nippon y otros

El 8 de enero, el Consorcio Nippon Koei-Caminosca-Sisa presentó una demanda contra el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Ecuador ante el Centro Merc de Perú. Reclamaba por un incumplimiento contractual, señalando que no se le había pagado los costos en la realización de los servicios. El Estado ecuatoriano argumentó que, ya que no se aprobó el estudio de factibilidad, no correspondería un pago según lo estipulado en el contrato.

El Consorcio demandaba 695 000 dólares más intereses como indemnización. En el 2020, el caso continuaba activo, sin embargo, no hay más datos disponibles. 

Sin información actualizada


2017

Consorcio Cuatro Ríos de Cuenca

Las compañías Euskotren Participaciones S.A.; Cycasa Canteras y Construcciones S.A.; E, Infrainter Infraestructruras Internacionales S.A., miembros del Consorcio de los Cuatro Ríos Cuenca, presentaron un arbitraje internacional contra el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Cuenca ante el CCI. El consorcio reclamaba 27,5 millones de dólares, alegando que habían existido supuestos incumplimientos al contrato de construcción de obra civil del proyecto Tranvía Cuatro Ríos de Cuenca. 

El Consorcio fue contratado en el 2013 para la construcción del Tranvía por un monto de 72 millones de dólares. Según el contrato, las empresas debían entregar la obra concluida hasta el 29 de febrero de 2016. A cierre del ejercicio en 2016, la obra se encontraba en un grado de avance cercano al 65%. El 16 de febrero de 2017, Marcelo Cabrera, alcalde de Cuenca, resolvió dar por terminada la relación contractual.

Si bien se esperaba que el Tribunal Arbitral dicte el laudo a finales del mes de enero de 2020, el caso continuó vigente en marzo del 2020, manteniendo el monto a pagar de manera confidencial. 

El artículo del CIAR Global señaló que en el 2017 se preveía el aumento de la demanda, “tanto por la ejecución de garantías del GAD Cuenca, como en función de los resultados de los peritajes”.

Hasta el momento, no hay más datos del caso. 

Sin información actualizada


2018

Gente Oil

Ecuador gasta millones de dólares en demandas
Imagen referencial: Corte de La Haya.

El 6 de abril, la compañía de petróleo y gas Gente Oil Ecuador Pte. Ltd. presentó un arbitraje en contra de Ecuador en la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya. La controversia, relacionada con el Contrato de Prestación de Servicios para el Bloque Singue, surge, según el comunicado de Gente Oil, debido a que la Contraloría General del Estado pretende de forma unilateral recuperar 1,05 dólares por cada barril producido. Además, señala, la institución solicita una renegociación del contrato sin ningún sustento legal.

Este es el único caso en la historia del país en el que, además de un arbitraje internacional, existe un proceso penal que al momento se encuentra en etapa de apelación. Esta situación ha generado preocupación en la industria petrolera privada, en su mayoría de capitales extranjeros, puesto que actualmente en Ecuador operan más de 20 contratos, iguales en su normativa, al del Bloque Singue. En 2020, la Cámara de Comercio de Quito y la Comisión Petrolera del Ecuador, mediante un comunicado público, manifestaron que este caso ha generado un marco de inseguridad jurídica, lo que podría repercutir en las decisiones de inversión en el país.

En 2018, Ecuador todavía no había vuelto a suscribir el convenio con el CIADI, por esa razón y porque así lo determinaba el contrato, este proceso arbitral se radicó en La Haya, sobre la base del Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Desarrollo Mercantil Internacional administrado, precisamente, por la Corte de Arbitraje de La Haya. El proceso aún se encuentra activo. La cuantía reclamada es confidencial.

Confidencial


Inter Rao

La compañía rusa Inter Rao UES inició un proceso de arbitraje internacional contra la Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC EP) ante la Corte de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago. Alegando que la terminación unilateral por parte de CELEC de los contratos para la construcción de los proyectos Toachi-Pilatón y Ciclo Combinado había incumplido con los acuerdos iniciales, la compañía solicitó 86 millones de dólares.

Según un artículo de diario Expreso, en el 2017 CELEC EP notificó a la firma sobre la terminación unilateral del contrato, después de señalar que había incumplimiento en los plazos.

Hasta marzo del 2020, el caso continuaba activo, sin haber determinado el monto total a pagar.

Indeterminado


2019

WorleyParsons 

Ecuador gasta millones de dólares en demandas
Imagen referencial de las instalaciones de la refinería Esmeraldas, tomada de la revista Plan V.

La compañía WorleyParsons presentó una demanda contra Ecuador ante la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. La compañía denunciaba la violación al TBI  sobre los contratos de inspección y gestión firmados con la petrolera estatal Petroecuador en la refinería de petróleo Esmeraldas.

Según el portal Primicias, en 2020, la cuantía reclamada se mantenía de forma confidencial. No hay más datos al respecto.

Sin información actualizada


Pañaturi

El 5 de abril de 2019 la empresa Servicios Integrados Pañaturi S.A inició una demanda en contra de Petroamazonas EP. Según lo especificado en la rendición de cuentas de la Procuraduría en el 2019, la controversia giraba en torno a tres contratos de servicio específicos, los cuales habían sido celebrados para la ejecución de actividades de optimización de producción, actividades de recuperación mejorada y actividades de exploración en los campos Indillana, Limoncocha y Yanaquincha. En base a esto, la compañía alegó que había existido un incumplimiento contractual.

La indemnización final aún se encuentra por determinar. 

Indeterminado


AECON

La compañía Aecon Construction Group Inc. and Aecon AG Constructores S.A presentó un arbitraje en contra del Estado ecuatoriano, afirmando que Ecuador había incumplido con la garantía de estabilidad jurídica otorgada en virtud de los TBI firmados con Canadá. De esta manera, señalaba, se había provocado la expropiación de la inversión de la compañía. 

El monto que pide la compañía por la indemnización aún se encuentra por determinar.

Indeterminado


2021

Ecuador TLC S. A.

En febrero del 2021, la compañía Ecuador TLC (subsidiaria actualmente de la argentina Pampa Energía) presentó una demanda en contra de la compañía estatal Petroecuador ante la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.  Como causa de la controversia, la compañía señala que el Estado ecuatoriano incumplió el convenio de Transcode porte suscrito el 31 de diciembre de 2008. Ante ello, la compañía demanda una indemnización de 122 millones de dólares. 

Los avances del proceso están amparados bajo el acuerdo de confidencialidad. 

Confidencial


Kamana Services e Igapó 

Los consorcios de servicios petroleros Kamana Sevices SA y Servicios Petroleros Igapó SA, iniciaron un proceso de arbitraje en contra de la compañía pública Petroecuador ante la Corte Permanente de Arbitraje. Según el medio Primicias, el conflicto surge por incumplimiento contractual, puesto que el Estado ecuatoriano  no habría pagado las tarifas acordadas en el contrato. Inicialmente, el contrato estipulaba que, por cada barril extra producido, el Estado les daría una tarifa, incentivando así al aumento de producción.

El conflicto se remonta así a diciembre del 2017, puesto que,  durante el gobierno de Lenín Moreno, se modificaron los contratos de prestación de servicios específicos y se eliminó la línea referencial de producción. Ante ello, existen diferentes criterios acerca de la producción incremental por sobre la línea referencial de producción.

La cuantía reclamada y los detalles del proceso se mantienen en confidencialidad. 

Confidencial


Codelco 

Ecuador gasta millones de dólares en demandas

La Corporación Nacional de Cobre Chilena (Codelco) presentó un arbitraje contra el Estado ecuatoriano, alegando incumplimiento de los acuerdos por parte de la Empresa Nacional Minera de Ecuador Enami EP. La demanda fue presentada ante el tribunal internacional CCI.

De esta manera, la empresa chilena acusa a la minera estatal de incumplimiento contractual, puesto que señala que no se ha formado una sociedad para el desarrollo del proyecto minero Llurimagua  ni se ha ratificado el pacto de accionistas tal como se acordó en los contratos. El monto de indemnización aún no está determinado. 

Indeterminado


Consecuencias millonarias

En 7 de los 21 casos analizados entre 2006 y 2021, Ecuador recibió fallos en su contra. En los restantes 13 casos no se ha determinado los montos a pagar. De los siete montos fijados, Ecuador solo ha cancelado cinco: Chevron II, OXY, Burlington, Murphy y Ecuador TLC y otros, que sumaron 1 875’473 576 dólares.

Por los casos Perenco y Merck Sharp, el Estado tiene una deuda de 456 182 000 dólares. 

En los 13 arbitrajes que se encuentran en proceso, la cantidad total que se pone en juego podría alcanzar los 285 695 000 dólares, de acuerdo con los montos planteados al momento de iniciarse las demandas. Sin embargo, esta cifra no toma en cuenta los procesos que se encuentran amparados por la confidencialidad. 

Además, los gastos de la defensa legal no se incluyen en los montos de los casos analizados.

En 2 de los casos analizados, la Procuraduría General del Estado optó por ejercer la acción de repetición, hecho que señala que la controversia nació de la actividad deficiente de una institución o de un funcionario público. Con esta acción, se espera que el sujeto responsable, ya sea una persona natural o jurídica, responda por los perjuicios causados al Estado.

¿Qué representan estos números?

Entre el monto total que hasta ahora ha pagado Ecuador (1 875 millones) y el que tendría que pagar por los casos pendientes (456 millones) se obtendrían 2 331 millones. Con ese dinero, el país lograría cubrir aproximadamente el 55% de la deuda que mantiene el Estado desde hace más de 20 años con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Esos 2 331 millones de dólares también equivale al 7% del que fue el Presupuesto General del Estado para el 2021.

Con el monto que todavía está pendiente por pagar en los casos fallidos (456 millones), se podría cubrir el 34% de la deuda del Estado con el IESS por contribución a los pensionistas (1 342 millones de dólares).

Con todo lo que Ecuador ha pagado por arbitrajes internacionales podría haber solucionado la crisis de sus cárceles más de 15 veces. Las mafias que lucran del sistema penitenciario ecuatoriano obtienen -según informes de Inteligencia- un aproximado de 120 millones de dólares cada año.

Con el monto total que hasta la fecha ha pagado Ecuador por laudos arbitrales (1 875 millones), se podría pagar 20 veces los intereses atrasados de deuda pública o gastos financieros que tiene el Estado (94,2 millones). 

Con el dinero que se podría perder por los casos de arbitraje pendientes (285 millones), se podría casi duplicar el gasto que el Gobierno destinó en enero del 2022 para ayudas sociales (150 millones).

Los argumentos de la Procuraduría

En algunos de los arbitrajes más relevantes, tales como el caso OXY, Burlington y Murphy, los informes de la Procuraduría han señalado que los sistemas arbitrales privados defienden exclusivamente los intereses de las grandes compañías. 

En el caso OXY, que resultó desfavorable para Ecuador, la Procuraduría señaló que la Decisión del Comité de Anulación del CIADI no había hecho justicia a los argumentos presentados por la defensa. Mencionaba que el Tribunal se había atribuido una competencia que no le correspondía al declarar desproporcionada una norma de derecho interno. 

En el caso Burlington, finalizado en el 2017, el entonces procurador del Estado, Diego García Carrión, dijo que era inadmisible que se condene al Ecuador cuando fueron los incumplimientos iniciales de la petrolera para con la ley ecuatoriana lo que desencadenó la controversia. 

Por otro lado, y a pesar de que un Tribunal anterior bajo las mismas reglas del CIADI había determinado que la aplicación de la Ley 42 era legítima, en el caso Murphy el Tribunal Arbitral optó por considerar la misma como ilícita, desconociendo de esta manera la ley ecuatoriana. García Carrión aseguró que, al sancionar al país por aplicar sus propias leyes, el tribunal privado había excedido su mandato.

Ida y vuelta al CIADI

En el 2007, bajo el gobierno de Rafael Correa, Ecuador implementó medidas para limitar los alcances del tratado con el CIADI. En el 2010, el país abandonó definitivamente el convenio, señalando que coarta la libertad soberana del país. Sin embargo, y con el objetivo de promover la inversión extranjera, el gobierno de Guillermo Lasso ratificó de nuevo su suscripción al Convenio CIADI. Ante la propuesta, varios sectores de la Asamblea Nacional declararon la vuelta al convenio como inconstitucional, señalando que los artículos 419 y 422 de la Constitución especifican que “no se podrán celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas”.

A pesar de ello, el 30 de junio de 2021 la Corte Constitucional resolvió que la ratificación del Convenio CIADI no requiere de la aprobación de la Asamblea Nacional. Ante la vuelta definitiva del Ecuador al convenio, el gobierno de Guillermo Lasso habría presupuestado un fondo de 375 millones de dólares para pagar un eventual laudo desfavorable del CIADI, según recogió el rotativo Jurist, de la Pittsburg University.

Según un análisis de José Ignacio Hernández G., director del Centro de Estudios de Derecho Público de la Universidad Monteávila, ante los arbitrajes internacionales de inversión y comercio, “toda la actividad e inactividad de la Administración se somete a los estándares de protección del inversor, con lo cual, el Tribunal Arbitral actúa como un órgano externo de control de la legalidad de esa actividad e inactividad”.


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